Código ético

INTRODUCCIÓN

Buscando Sonrisas es una Asociación benéfica constituida el 21 de abril de 2014, cuya finalidad es la atención a las personas, especialmente los niños, los ancianos y las familias.

Su ámbito geográfico de actuación es la región de Cantabria.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

El Código ético profesional, (en adelante, también, “el Código”) recoge los principios, valores y normas de conducta que deben servir de guía a todos los integrantes de BUSCANDO SONRISAS para el desarrollo de su actividad en la Asociación, tanto en lo que se refiere a la gestión interna como a sus relaciones con terceros.

Todos los miembros de la Junta Directiva, empleados y voluntarios de BUSCANDO SONRISAS (en adelante, “las personas sujetas”) están obligados a conocer y respetar este Código y a ajustar su actuación a los principios que en él se recogen.

BUSCANDO SONRISAS promoverá los principios éticos que inspiran el presente Código respecto de sus grupos de interés: proveedores, Administraciones Públicas, instituciones, beneficiarios y cualquier otro grupo implicado de forma directa o indirecta en las actividades de la asociación.

La Junta Directiva, como órgano de gobierno y representación de la Asociación, es responsable de liderar, con su ejemplo, la implantación y consolidación de la cultura de valores descrita en el presente Código.

MISIÓN, VALORES Y PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN

Nuestra misión es ayudar a las personas de nuestro entorno, especialmente a los niños, ancianos y familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad social o económica o con problemas de salud, y lograr una sociedad más justa y solidaria.

Los valores de BUSCANDO SONRISAS: solidaridad, respeto, responsabilidad, compromiso, transparencia, orientación al usuario, igualdad y no discriminación y sostenibilidad, constituyen la base de la actuación de todos los integrantes de la Asociación.

Los principios de actuación de BUSCANDO SONRISAS se basan en el cumplimiento de las leyes y respeto a los valores de la Asociación.

Las personas sujetas cumplirán estrictamente la legalidad vigente y las normas contenidas en este Código y respetarán los compromisos y obligaciones asumidos por BUSCANDO SONRISAS en sus relaciones con terceros.

Las personas sujetas se abstendrán de realizar cualquier actuación irregular, aunque tenga por finalidad favorecer o beneficiar, directa o indirectamente, los intereses de la Asociación o de los beneficiarios de su actividad.

NORMAS GENERALES DE CONDUCTA

Integridad y conflictos de interés

Las personas sujetas desempeñarán sus funciones con total independencia y objetividad, evitando los conflictos de interés y asumiendo el compromiso de no afectar directa ni indirectamente con su actuación a la independencia de la Asociación ni a su imagen.

Las personas sujetas no deberán aceptar regalos ni otros beneficios que de manera objetiva y razonable puedan afectar a su integridad, independencia y objetividad. Asimismo, está prohibido ofrecer o conceder tanto a particulares como a autoridades o funcionarios públicos favores en dinero o regalos equivalentes a dinero que sean susceptibles de constituir un conflicto de interés por afectar a la libertad e independencia con la que aquellos deben ejercer su función. Esta prohibición no será de aplicación cuando se trate de obsequios o regalos de valor simbólico o irrelevante o de muestras de cortesía habituales.

BUSCANDO SONRISAS no tolera forma alguna de corrupción o soborno en ninguna de las actividades que desarrolla y, a tales efectos, no acepta ni consiente prácticas destinadas a obtener beneficios para los colaboradores, para la propia Asociación o para terceros, que puedan considerarse corruptas o fraudulentas.

Igualdad de oportunidades y respeto a las personas

BUSCANDO SONRISAS está comprometida con la igualdad de oportunidades. En particular, promoverá la igualdad de trato de hombres y mujeres en el acceso al empleo y las condiciones de trabajo. Asimismo, fomentará la igualdad en la participación en las actividades de la Asociación por parte de los beneficiarios.

Las personas sujetas están obligadas a respetar la intimidad e integridad personal y familiar, tanto del resto de personas sujetas como de los usuarios de los programas. Dicho respeto es incompatible con cualquier tipo de discriminación.

Responsabilidad social y medioambiental

BUSCANDO SONRISAS manifiesta su compromiso con el desarrollo sostenible, de tal forma que las personas sujetas deben velar por que ninguna de sus actuaciones pueda ser susceptible de dañar el medio ambiente.

En general, todas las actividades de la Asociación deben realizarse con rigurosos criterios de sostenibilidad y procurando contribuir al mantenimiento y la mejora del medio ambiente.

Confidencialidad de la información

Las personas sujetas deben respetar el valor y la propiedad de la información que reciban de BUSCANDO SONRISAS o a la que tengan acceso a través de su actividad en la Asociación y deben tener siempre presente que cualquier información que no sea pública tiene carácter confidencial.

Se deberá prestar especial atención a los datos sobre  origen racial, salud, vida sexual, ideología, afiliación, religión y creencias de los usuarios de los programas de la Asociación, guardando la más estricta confidencialidad sobre los mismos.

Protección de datos de carácter personal

La Asociación tiene la obligación de custodiar y garantizar el uso adecuado de toda información de carácter personal que obtenga de sus empleados, usuarios y otras personas físicas con las que se relacione en desarrollo de su actividad.

Independientemente de la responsabilidad que pudiera corresponder a la Asociación, los empleados que dispongan o tengan acceso a datos de carácter personal son responsables de su custodia y apropiado uso, para lo cual deberán cumplir las siguientes obligaciones:

1. Tratamiento restrictivo de todos los datos de carácter personal a los que se tenga acceso, de manera que únicamente se recabarán aquellos que sean necesarios. La captación, tratamiento informático y utilización de los datos se realizará de forma que se garantice su seguridad, veracidad y exactitud, el derecho a la intimidad de las personas y el cumplimiento de las obligaciones de la Entidad que resulten de la normativa aplicable.

2. Observar con especial rigor la normativa en materia de protección de datos de carácter personal y los procedimientos contenidos en las circulares internas.

3. Evitar el acceso indebido a datos de carácter personal, para lo cual deberá:

a. No revelar las contraseñas de acceso a los sistemas informáticos de la Asociación, que son personales e intransferibles. Lo que se realiza al amparo de las mismas es responsabilidad del titular de las contraseñas. Los empleados deben evitar la utilización de contraseñas fáciles de adivinar o intuir, al dejar de tener en ese caso la eficacia que se pretende.

b. Mantener la debida prudencia en el uso del correo electrónico, especialmente cuando por motivos estrictamente profesionales contenga datos de carácter personal, adoptando las precauciones adecuadas. En caso de duda sobre la seguridad y/o confidencialidad del envío se debe contactar con el Responsable General de Seguridad de la Entidad para su conocimiento y resolución, bien directamente, o a través de la delegación existente en esta materia.

c. Cuando se realicen comunicaciones a más de un cliente (publicidad, campañas, etc.) se utilizará la fórmula de “Copia oculta” (Cco). La dirección de correo electrónico es considerada por la AEPD (Agencia Estatal de Protección de Datos) como dato de carácter personal, por lo que no puede ser comunicada ni cedida a un tercero sin consentimiento expreso de su titular.

Uso de programas y sistemas informáticos

Las personas sujetas deben respetar la propiedad intelectual e industrial y el derecho de uso de toda documentación, programa, sistema informático o de comunicación al que tengan acceso en el ejercicio de su actividad en la Asociación, ya corresponda esta a BUSCANDO SONRISAS o a terceros, independientemente de los soportes en que se contenga. Se prestará especial atención a evitar la descarga, almacenamiento e intercambio de contenidos inadecuados o ilegales, así como cualquier daño a terceros.

DIFUSIÓN, SEGUIMIENTO Y MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO

Difusión

El Código Ético se encuentra a disposición de todos los integrantes de BUSCANDO SONRISAS y de las partes interesadas en la página web de la Asociación.

Seguimiento y modificación

El seguimiento y control de la aplicación del Código será competencia de la Junta Directiva de la Asociación, que velará por su difusión, conocimiento e interpretación, realizando las recomendaciones y propuestas que fueran necesarias para mantenerlo actualizado y mejorar su contenido.

Cualquier modificación del Código requerirá la aprobación de la Junta Directiva de la Asociación. Asimismo, cualquier modificación o revisión del Código será convenientemente comunicada a los miembros de la Asociación y puesta a disposición de las partes interesadas en la página web de BUSCANDO SONRISAS www.buscandosonrisas.org.